EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA ATLÁNTICA S.A. C/ ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELECTRICA DE LA PROVINCIA DE BUEN S/ PRETENSION ANULATORIA - OTROS JUICIOS S/ EFECTO DEVOLUTIVO (ART. 250 CPCC)
El actor, Empresa Distribuidora de Energía Atlántica S.A., interpuso recurso de apelación contra la medida cautelar que suspendía el cobro de una multa impuesta por el OCEBA. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo confirmó la cautelar, argumentando la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora.
Actor: EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA ATLÁNTICA S.A. Demandado: ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Objeto: Anulación de la multa de $47.562.205,98 impuesta por el OCEBA y suspensión de su cobro. Decisión: Se confirmó la medida cautelar que suspendía el cobro de la multa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La apreciación del magistrado no resulta a priori censurable, toda vez que el carácter ostensible e irrazonable de la restricción normativa lo habilitaba para disponer una medida como la adoptada, para salvaguardar la garantía de defensa del particular afectado ante el rigor de una disposición cuya aplicación concreta se erigió como un valladar infranqueable para reclamar por sus derechos." "El adelanto jurisdiccional dictado por el a quo, además, se respalda en lo resuelto por la Suprema Corte de Justicia provincial en un precedente que, con sus matices, presenta visibles similitudes con la cuestión que aquí se debate." "Con tales datos en mira, el juez de grado advirtió, por un lado, que la parte actora había dotado de cierto impulso el proceso, aunque dejó aclarado que el avance procedimental era 'cansino' y que, en adelante la accionante debería extremar su celo en la impulsión."
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