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METERNICHT ANGELINA C/ ASOCIART S.A. ART S/ ACCIDENTE IN-ITINERE

La homologación del acuerdo conciliatorio en reclamo por accidente de trabajo y la decisión de homologar el acuerdo por $9.000.000 con eximición del pago de tasa de justicia.

Homologacion de acuerdo Accidente in-itinere Homologacion con fuerza de cosa juzgada Acuerdo conciliatorio Honorarios profesionales Costas Exencion tasa justicia Ley de contrato de trabajo Liquidacion de honorarios.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Angelina Meternicht, demandó a Asociart S.A. por un accidente in-itinere. La Cámara del Trabajo homologó un acuerdo conciliatorio por $9.000.000, considerando que el mismo no vulnera normas de orden público y es adecuado a los arts. 12 y 15 de la Ley de Contrato de Trabajo. La sentencia establece que el acuerdo tiene fuerza de cosa juzgada y que las costas y honorarios serán abonados en forma directa por la demandada a los profesionales, con denuncia previa en autos. La decisión también exime a la demandada del 100% de la tasa de justicia, y ordena la práctica de liquidación de honorarios y aportes, con notificación y registro. Fundamentos principales: "Estimo que el convenio que nos ocupa debe ser materia de homologación en virtud de que el mismo no vulnera norma alguna de orden público y se adecua a los dispositivos de los arts. 12 y 15 de la LCT t.o., llegándose a una justa composición de la litis." "En mérito a lo resulto en las cuestiones que anteceden, entiendo que corresponde: 1º) Homológase con fuerza y autoridad de cosa juzgada el acuerdo conciliatorio suscripto por las partes... por la suma PESOS NUEVE MILLONES ($9.000.000) que la demandada se aviene a abonar en la forma estipulada." "Se hace saber a todos los profesionales actuantes que dentro de tercero día de notificados de la presente, deberán denunciar en autos los datos de sus cuentas bancarias... a efectos de hacerlo saber a la parte obligada al pago de dichos emolumentos." "Queda intimada la condenada en costas a acreditar en autos el pago de los aportes correspondientes bajo apercibimiento de comunicar a la Caja de Previsión de Abogados." Disidencia: No se registra disidencia en la votación, todos los jueces votaron en igual sentido.

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