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GONZALEZ GABRIEL EDUARDO C/ SWISS MEDICAL ART S.A. S/ MATERIA A CATEGORIZAR

La sentencia regula honorarios y responsabiliza a la demandada por la pago de los mismos en un trámite administrativo por divergencia en el alta de un trabajador, confirmando la actuación del profesional y estableciendo los montos y plazos de pago.

¿Qué se resolvió en el fallo?

El expediente administrativo N° 37670/24 en sede de la Comisión Médica Jurisdiccional N° 381 Morón, involucró a la trabajadora Emilse Jacquelin Martínez, asesorada por el Dr. González en un proceso por divergencia en el alta y la continuidad en las prestaciones de riesgos del trabajo. La jueza señala que las tareas del profesional fueron reconocidas y valiosas, y que el trámite no versaba sobre un monto determinado, por lo que se ajustó a la normativa del art. 44 de la ley 14.967. El tribunal regular los honorarios del Dr. González en la suma de $422.190, los cuales serán abonados por la demandada en un plazo de diez días bajo apercibimiento de ejecución. Además, se responsabiliza a la demandada por el pago, estableciendo costas en el orden causado para el incidente, y regula los honorarios de los profesionales intervinientes en $295.533 cada uno, a pagar en forma directa mediante denuncia de datos bancarios en autos. Fundamentos principales: "Las tareas desplegadas en dicho marco extrajudicial se encuentran reconocidas por la demandada, y la documentación que fuera acompañada por el incidentista ilustra que el expediente administrativo por divergencia en el alta fue iniciado con motivo del padecimiento sufrido por la Sra. MARTINEZ EMILSE JACQUELINE como damnificada, quien intervino con el patrocinio letrado del Dr. GONZALEZ aquí accionante, quien la asesoró en dichas actuaciones a partir del inicio y a lo largo del proceso administrativo hasta el dictamen médico que declara improcedente alta otorgada, debiendo continuar otorgando las prestaciones establecidas por normativa vigente (ver DM de fecha 24/1/2024)." "Entiendo que corresponde en este estadio determinar que al no versar el trámite administrativo acerca de una cuestión de monto determinado, habrá de estarse a lo normado por el art. 44 in fine de la ley 14.967 que rige la materia en todos los casos en que los asuntos no fueren susceptibles de apreciación pecuniaria." "Propongo regular los honorarios correspondientes al Dr. GONZALEZ GABRIEL EDUARDO en la suma de PESOS CUATROCIENTOS VEINTIDOS MIL CIENTO NOVENTA ($422.190.-)... con más el 10% de aporte legal... e IVA en caso de corresponder." "Asimismo voto por fijar como plazo para el cumplimiento de la presente resolución, el término de diez días debiendo la accionada abonar los honor

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