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SOTO SABRINA EDITH C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS SA S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL

Se homologa un acuerdo conciliatorio en el marco de un reclamo por enfermedad profesional. El Tribunal de Trabajo N° 4 de Lomas de Zamora validó la conciliación, considerando que no vulnera principios de orden público.

Incidente Homologacion Acuerdo conciliatorio Enfermedad profesional Costas Honorarios Tribunal de trabajo Ley 20.744 Articulo 270 codigo fiscal Provincia de buenos aires

Actor: SOTO SABRINA EDITH Demandado: FEDERACION PATRONAL SEGUROS SA Objeto: Homologación de un acuerdo conciliatorio en el contexto de un reclamo por enfermedad profesional. Decisión: Se homologó el acuerdo conciliatorio entre las partes y se impusieron costas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Estimo que la conciliación arribada no vulnera ningún principio de orden público, y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional. En consecuencia, conforme con el Art. 15 de la Ley 20.744, considero corresponde la homologación solicitada." "Hácese saber a los letrados intervinientes que una vez percibidos los honorarios deberán acreditar el pago de los aportes previsionales respectivos..."

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