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BOSSI JORGE JULIO Y OTROS C/ CAJA DE JUBILACIONES SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANCO S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION

Los actores promovieron demanda por el restablecimiento de derechos previsionales, cuestionando la inconstitucionalidad del artículo 41 de la Ley 15.008. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo confirmó la sentencia de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad y ordenó el reajuste de los haberes previsionales.

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Actor: Jorge Julio Bossi; Rodolfo Alberto Borasi; Oscar César Ciappina Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Restablecimiento de derechos previsionales y reajuste de haberes Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad del artículo 41 de la Ley 15.008 y se ordenó el reajuste de los haberes previsionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El nuevo mecanismo de movilidad provoca un evidente menoscabo al principio de progresividad, consagrando la citada disposición de la Ley 15.008, un sistema regresivo que vulnera la garantía constitucional del derecho a la seguridad social." "El art. 41 de la ley 15.008 atiende a indicadores completamente ajenos al cargo regulatorio del haber, provocando la pérdida del carácter sustitutivo de la prestación previsional." "La movilidad de los agentes pasivos del Banco de la Provincia de Buenos Aires ha quedado librada a los avatares de un sistema previsional extraño, que en los hechos ha probado ser inestable o azaroso."

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