SOSA NORBERTO SANDRO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE IN-ITINERE
El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio en un proceso por accidente in-itinere, rechazando la eximición de pago de la tasa de justicia y ordenando el cumplimiento de las condiciones acordadas y las obligaciones fiscales y procesales. La decisión se fundamenta en la legalidad del acuerdo y la normativa aplicable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Norberto Sandro C. Sosa, promueve una demanda por accidente in-itinere contra la Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. La sentencia homologó un acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes, considerando que no vulnera principios de orden público y que constituye una justa composición de derechos e intereses. El tribunal destacó que la homologación está prevista en las leyes 15.057 y 20.744, y que la conciliación no contraviene normas superiores. Se rechazó la eximición de pago solicitada respecto de la tasa de justicia, ordenando que la demandada integre el monto en concepto de tasa y que se aplique lo dispuesto en los arts. 270 y concordantes del Código Fiscal. Además, se impusieron costas a la demandada y se reguló el pago de honorarios profesionales, considerando los montos y la naturaleza del proceso, con especial referencia a la ley 14.967 y la doctrina de la SCBA. Se instruyó a los profesionales y a las partes en relación con los aportes previsionales, depósitos judiciales y comunicación de datos bancarios. También se dispuso la desvinculación de los peritos médicos y contadores, y se ordenó la notificación personal de las regulaciones de honorarios, conforme a lo establecido en la ley 14.967 y su reglamentación.
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