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CASTRO TAMARA MARISOL C/ CREMAS COOL S.R.L. S/ DESPIDO

La Cámara de Trabajo de Lomas de Zamora declaró la caducidad de instancia en un proceso por despido, confirmando la aplicación del art. 11 de la ley 15.057 y la falta de actuación útil de las partes, y ordenó la imposición de costas a la actora.

Caducidad de instancia Ley 15.057 Procedimiento laboral Intimacion previa Incumplimiento de las partes Art. 11 ley 15.057 Autos n? 45989 Despido Lomas


- Quién demanda: Tamara Marisol Castro

¿A quién se demanda?

Cremas Cool S.R.L.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de despido y eventuales indemnizaciones por despido

¿Qué se resolvió?

Se declaró la caducidad de instancia por incumplimiento de las partes tras la intimación, considerando que los plazos previstos en la ley 15.057 se habían vencido y no existió deber de la justicia de realizar actos procesales adicionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Dicha intimación se encuentra debidamente notificada según surge de las constancias de autos de fecha 24/10/2023, incumpliendo ambas partes con la intimación cursada. Del análisis del caso, surge que los plazos previstos por el art. 11 segundo párrafo de la ley 15.057, han transcurrido holgadamente en la causa, con posterioridad a la última actuación útil formulada en fecha 21/12/2022 y que no media en autos un deber específico del Tribunal de efectuar algún acto procesal; todo ello hace aplicable al caso, el instituto de la caducidad de instancia establecido por el art. 11 segundo párrafo de la ley 15.057." La sentencia cita doctrina de la SCJBA: "Para decretar la caducidad de la instancia en el proceso laboral los Tribunales del Trabajo deben efectuar una intimación previa, en los precisos términos del segundo párrafo del art. 12 de la ley 11.653 y bajo el expreso apercibimiento allí dispuesto, sin necesidad de reiterar dicho emplazamiento frente a eventuales incumplimientos de las partes." "En ese sentido, la S.C.J.B.A. ha convalidado la aplicación del instituto de la caducidad de instancia, supeditado al cumplimiento de ciertos requisitos de cumplimiento insoslayable por los Tribunales de Trabajo." "Por todo ello, estimo que resulta procedente la declaración de caducidad de instancia en las presentes actuaciones." "ASI LO VOTO." Los demás jueces adhieren en sus fundamentos.

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