GRAMAJO PEDRO ANTONIO C/ FLORA DANICA SAIC y otro/a S/DAÑOS Y PERJUICIOS
El tribunal decidió declarar la caducidad de instancia en un proceso por daños y perjuicios, confirmando la aplicación del instituto de la caducidad de instancia en el proceso laboral tras constatación del cumplimiento de los requisitos procesales y la intimación previa a las partes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa fue promovida por Pedro Gramajo contra Flora Danica SAIC y otro, por daños y perjuicios. La sentencia resalta la validez de la intimación previa realizada el 30/07/2024, en la cual se advirtió sobre la posible declaración de caducidad de instancia en caso de incumplimiento. Se verifica que los plazos previstos en la ley 15.057 han sido excedidos, y que no existió obligación del tribunal de realizar actos procesales posteriores, por lo que se aplicó la caducidad de instancia. La doctrina de la SCJBA respalda la necesidad de una intimación previa efectiva, y el fallo cita autos en los que se ha validado esta praxis. La declaración de caducidad es procedente, y se impusieron costas a la parte actora. La resolución también regula honorarios profesionales y aspectos procesales complementarios, en línea con la normativa vigente.
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