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MEANA MONICA ALICIA Y OTROS C/ CAJA DE JUBILACIONES SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANCO S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION

Los demandantes reclamaron el reconocimiento de derechos previsionales y la inconstitucionalidad del art. 41 de la Ley 15.008. La Cámara de Apelaciones confirmó parcialmente la sentencia de grado, reconociendo el derecho a reajustes y declarando la inconstitucionalidad del mencionado artículo.

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Actor: Meana Mónica Alicia y otros Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco Objeto: Restablecimiento de derechos previsionales y declaración de inconstitucionalidad del art. 41 de la Ley 15.008 Decisión: Se confirma parcialmente la sentencia de grado que reconoce derechos a los actores y declara la inconstitucionalidad del art. 41

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La apelación se centra en la inconstitucionalidad del art. 41 de la Ley 15.008, que contradice el principio de proporcionalidad de los haberes previsionales. Se destaca que el nuevo sistema de movilidad genera un desequilibrio en la relación entre los haberes de actividad y pasividad." "El Tribunal concluye que la norma en cuestión no garantiza la proporcionalidad adecuada, afectando así los derechos previstos en la Constitución Provincial y Nacional, lo cual justifica la declaración de inconstitucionalidad."

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