JARA MARCELA NOEMI C/ PEÑA MARTIN ALEJANDRO Y OTRO/A S/ DESPIDO
El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio en un expediente laboral por despido, considerando que no vulnera principios de orden público y que resulta justo para las partes. La homologación fue aprobada tras verificar que el acuerdo respeta requisitos legales y normativos, y se ordenaron diversas diligencias y liquidaciones.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, Jara Marcela Noemi, promovió una demanda por despido contra PELLE LIBERA SRL y Martin Alejandro Peña. La parte demandada solicitó la homologación del acuerdo conciliatorio alcanzado, el cual fue considerado adecuado por el tribunal, que dispuso homologarlo conforme a los artículos 30 de la Ley 15.057 y 15 de la Ley 20.744. El tribunal analizó que la conciliación no vulnera principios de orden público y que constituye una justa composición de derechos e intereses. Además, se intimó a la demandada a integrar el pago con la tasa de justicia, se impusieron costas a la demandada, y se reguló la liquidación de honorarios profesionales, estableciendo que los honorarios corresponden a la suma de $540.000 para los abogados, con los aportes correspondientes, y que los mismos serán abonados en la cuenta del trabajador, quien debe comunicar sus datos bancarios. Se aclaró que la regulación de honorarios y los pagos deben cumplirse en tiempo y forma, con notificación personal y en cumplimiento de la normativa vigente. Se ordenó la devolución de documentación reservada y se estableció que los honorarios y transferencias deben acreditarse en autos, bajo apercibimiento. Asimismo, se dispuso que los profesionales deben acreditar el pago de aportes previsionales y cumplir con los requisitos legales en materia de honorarios y gastos procesales.
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