DEPAOLI RUBEN OSVALDO C/ DIRECCIÓN DE POLÍTICA Y SEGURIDAD VIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS Y OTRO/A S/ AMPARO
Rubén Osvaldo Depaoli promovió acción de amparo contra la Dirección de Política y Seguridad Vial de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Pehuajó para obtener la renovación de su licencia de conducir. La Cámara de Apelación confirmó la sentencia de primera instancia, con modificación parcial en la regulación de honorarios.
¿Quién es el actor?
Rubén Osvaldo Depaoli
¿A quién se demanda?
Dirección de Política y Seguridad Vial de la Provincia de Buenos Aires; Municipalidad de Pehuajó
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Renovación de licencia de conducir, solicitado mediante acción de amparo.
¿Qué se resolvió?
Se confirma la sentencia de primera instancia, que declaró la inconstitucionalidad de un requisito para la renovación de la licencia y se modifica la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La sentencia dictada en autos arriba a la decisión de clausura por conducto de la declaración de inconstitucionalidad del inciso 3 del artículo 10 del Decreto n°532/09, reglamentario de la ley 13.927, en tanto éste exige contar con libre deuda por infracciones de tránsito como requisito." "El recurso del fisco se fundamenta en que la Dirección Provincial no ha denegado ningún trámite de renovación de la licencia de conducir del amparista, ni ha ordenado al municipio se le deniegue." "En consecuencia, corresponde regular los honorarios profesionales del Dr. H.V.Paul Scarbol, en la suma equivalente a veinte (20) jus, monto al que deberá adicionársele el 10 % y el IVA en caso de corresponder (art. 20 bis de la ley 13.928)."
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