SIEBEN NADIA JAEL C/ FISCALIA DE LA PROVINCIA DE BS AS S/ MATERIA A CATEGORIZAR
La sentencia regula los honorarios profesionales de Nadia Jael Sieben por actuación en trámite administrativo ante la Comisión Médica. El tribunal hace lugar a la regulación y establece una suma en jus arancelarios, considerándose mérito, resultado y tiempo empleado, y en base a la normativa vigente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La abogada Nadia Jael Sieben demanda la regulación de honorarios por su actuación en el expediente administrativo N°393904/24, relacionado con la homologación de un acuerdo por divergencia en la determinación de incapacidad por un siniestro laboral de Jesuana Soledad Trotta. La Provincia de Buenos Aires, a través de su apoderada, reconoce la actuación, pero sostiene que los honorarios deben fijarse en un 5% del monto indemnizatorio, conforme a una circular administrativa, y que dicha regulación sería oponible. El tribunal analiza la normativa aplicable, en particular la ley 14.967, la resolución SRT 298/17, y la ley arancelaria local 14.697, concluyendo que la actuación profesional debe ser regulada en base a las pautas y valores vigentes al momento del acuerdo homologado, es decir, en el valor del jus del momento del acto administrativo. Se determina que los honorarios corresponden a una suma equivalente a 19,526 jus, que con el valor actual del jus (42.219) y el porcentaje del 10% en concepto de aportes previsionales, equivalen a $824.368,19. Finalmente, el tribunal regula estos honorarios a cargo del Fisco de la Provincia, en atención a la normativa y al mérito de la actuación, y ordena el pago en el plazo legal. El tribunal rechaza la pretensión del Fisco de aplicar un porcentaje inferior y sostiene que la regulación debe hacerse con base en los valores vigentes al momento de cierre del expediente administrativo. Además, impone las costas a la parte demandada y aclara que no corresponde regulación de honorarios por actuación en representación de la Fiscalía de Estado, por estar en el marco de la ley 7543/69.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: