GUZMAN MARIA CRISTINA C/ OSMOSIS GROUP S.R.L. Y OTROS S/DESPIDO
El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio entre Guzmán María Cristina y Graciela Noemi Fuentes por despido, por un monto de 4 millones de pesos con pago el 10/09/2025, en el marco del art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo. La homologación se basa en que la conciliación no vulnera principios de orden público y constituye una forma de concluir el proceso de manera eficaz.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El tribunal del Trabajo Nº 4 de La Plata homologó el acuerdo conciliatorio celebrado entre Guzmán María Cristina, actora, y Graciela Noemi Fuentes, demandada, en el marco de la causa por despido. La resolución se fundamenta en que la conciliación alcanzada en audiencia el 12/08/2025, en la que se pactó un pago de 4 millones de pesos con fecha de pago el 10/09/2025, no vulnera principios de orden público y promueve la celeridad procesal. La homologación implica que las partes aceptan la suma y condiciones sin reconocimiento de hechos ni derechos, y que la parte demandada asume el pago en carácter de acuerdo conciliatorio. Además, el tribunal dispuso costas a cargo de la demandada, reguló honorarios profesionales y estableció los procedimientos para el pago directo de estos, incluyendo requisitos para acreditar cuentas bancarias y pagos de aportes previsionales. La resolución también intimó a la demandada a acreditar el pago de la tasa de justicia y sobrestasa, y dejó constancia del retiro de documentación por las partes. Se destacan los fundamentos: "la conciliación es una de las formas posibles de concluir el juicio y que el convenio conciliatorio hace a la celeridad procesal", y que "la homologación en estos términos resulta conveniente y ajustada a derecho, sin que exista vulneración de principios de orden público." No existen votos disidentes relevantes, y la resolución se basa en los artículos 15 de la Ley de Contrato de Trabajo y 24 de la ley 15057.
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