B. F. D. C/ D. M. H. E. Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El actor B. F. D. interpuso un recurso de aclaratoria respecto a la sentencia anterior sobre daños derivados de un accidente. La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial rechazó la aclaración solicitada en relación a los intereses, fundamentando que estos deben computarse hasta la sentencia de primera instancia.
Actor: B. F. D. Demandado: D. M. H. E. Y OTROS Objeto: Aclaración sobre la sentencia relacionada con los rubros indemnizatorios y la aplicación de la tasa de interés. Decisión: Se rechazó el recurso de aclaratoria interpuesto por la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Si bien es cierto que se han elevado los montos reconocidos a los rubros 'Incapacidad Sobreviniente', 'Daño Moral' y 'Daño Emergente', ello obedeció a que fue en dicha oportunidad que se cuantificó la deuda de valor." "El interés puro del 6% debe aplicarse desde la fecha del hecho y hasta el momento tenido en cuenta para la evaluación de la deuda, que se considera realizada a la fecha de la sentencia de primera instancia." "Por ello, y como anticipara, no procede la aclaración solicitada."
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