PERETTO LUIS ARIEL C/ EXPERTA A.R.T. S.A. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La sentencia de primera instancia hace lugar a la demanda de honorarios por tareas extrajudiciales en sede administrativa, fijando la suma en 20 unidades jus y condenando a la demandada al pago. La decisión se basa en la normativa arancelaria provincial y en el reconocimiento de la labor profesional.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Dr. Luis Ariel Peretto, demanda a Experta ART S.A. por honorarios por tareas extrajudiciales realizadas en el trámite administrativo ante la Comisión Médica 31-B de San Nicolás, en favor de Alberto Beovidés Daniel. La demandada se allanó en forma total, y el tribunal concluyó que, conforme a la ley 14967 y la normativa específica, corresponde reconocerle honorarios por la labor profesional, que en este caso suman 20 unidades jus (equivalentes a $130.034,52). La sentencia fundamenta que la asistencia letrada en sede administrativa es obligatoria y que la retribución debe ajustarse a las leyes arancelarias provinciales, en particular la ley N° 14967, aplicando el porcentaje correspondiente y considerando que la labor fue efectuada en un expediente administrativo con reconocimiento en sede judicial. Además, se estableció que los honorarios no integran los créditos de la LCT y deben abonarse mediante depósito o transferencia, con costas a cargo de la demandada por su carácter de perdidosa. La decisión destaca que la normativa establece la notificación personal y los plazos para el pago, y que la regulación de honorarios goza de carácter de orden público. Votos en disidencia no se registran.
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