POLIZZI GASTON ARIEL C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La Cámara de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia que acogió la demanda de honorarios del letrado Gastón Polizzi por tareas en sede administrativa ante Comisión Médica, fijando honorarios en 10 unidades jus más aportes y estableciendo el pago a cargo de la aseguradora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Dr. Gastón Polizzi, demanda a Provincia ART SA por honorarios en concepto de tareas realizadas en sede administrativa, específicamente en el expediente N° 133213/21 ante la Comisión Médica 31-B, en calidad de letrado del trabajador. La demanda fue contestada por la demandada, objetando el monto y la procedencia del reclamo. La sentencia de primera instancia declaró acreditadas las tareas del profesional, señalando que estas corresponden a honorarios por tareas de medios y no de resultados, y fijó los honorarios en 10 unidades jus más aportes y IVA. La apelación de la demandante fue considerada por la Cámara, que confirmó la decisión, ratificando el criterio del tribunal de primera instancia y la cuantificación de los honorarios. La decisión se fundamenta en que las tareas realizadas por el profesional fueron probadas y que, conforme a la normativa arancelaria provincial, corresponden a honorarios por labores extrajudiciales, en línea con las disposiciones de la ley 14967 y la resolución 298/17. La Cámara también destacó que la obligación del letrado es de medios, no de resultados, y que la ineficacia en el trámite no implica inoficiosidad. La sentencia establece que los honorarios deben pagarse en 10 unidades jus, con sus aportes y IVA, y que el pago debe efectuarse en los plazos legales.
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