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VIVES JERÓNIMO y otro/a C/ PROVINCIA A.R.T. S.A. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

La sentencia acoge la demanda regulatoria por honorarios en un proceso por intervención ante Comisión Médica, confirmando la fijación de honorarios en 15 unidades jus para los profesionales, y establece pago por parte de la aseguradora, con disposiciones sobre costas y forma de pago.

Recurso de apelacion Honorarios profesionales Comision medica Ley 14.967 Procedimientos administrativos Comision medica jurisdiccional Regulacion de honorarios Art Costas Buenos aires.

¿Qué se resolvió en el fallo?

El tribunal resolvió acoger la demanda de honorarios presentada por los profesionales Jerónimo Vives, Ana Mailén Paglino y Federico Kolberg contra Provincia ART SA. La causa se originó en la actuación administrativa ante la Comisión Médica N° 31B, donde se acreditó la intervención activa de los profesionales y el dictamen favorable en la instancia previa. La sentencia fundamenta que el trámite prejudicial es obligatorio y excluyente, y que los honorarios deben regularse según la ley provincial N° 14.967 y las pautas arancelarias. La valoración de la labor profesional y la falta de base arancelaria numérica en el expediente llevó a fijar honorarios en 7,5 unidades jus para cada uno de los abogados y en 1,15 y 1,61 unidades jus para las respectivas profesiones, con montos en pesos. Se ordena a la aseguradora el pago en el plazo legal, con costas. Se establecen además las condiciones para el pago, la notificación y la acreditación del cumplimiento de la sentencia. La decisión se fundamenta en la normativa legal y arancelaria vigente, destacando la naturaleza pública de los honorarios y la obligación de pago por parte de la aseguradora.

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