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LAZZARINO JUAN MANUEL y otro/a C/ ADMINISTRACION DEL AUTOSEGURO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ MATERIA A CATEGORIZAR

El tribunal corrigió un error material en la sentencia del 9/9/2025 relacionado con el monto base para el cálculo de honorarios, estableciendo que la suma correcta es $1.303.888,43, en lugar de $6.459.446,60, y aclarando que los honorarios fueron debidamente regulados. La corrección responde a un yerro involuntario que se subsanó conforme al art. 166 inc. 1 del C.P.C.C. y art. 89 de la ley 15.057, asegurando precisión en los montos y la validez de los estipendios.

Incidente de subsanacion Error material Sentencia 9/9/2025 Honorarios profesionales Base de calculo Correccion de monto Derecho procesal civil Argentina Primera instancia Tribunal del trabajo

¿Qué se resolvió en el fallo?

El tribunal, en la reunión del 24/04/2024, analizó un planteo de aclaración respecto a la sentencia del 9/09/2025. El Dr. Quadranti argumentó que, en virtud del art. 166 inc. 1 del C.P.C.C. y el art. 89 de la ley 15.057, se encontraba autorizado para suplir o subsanar errores involuntarios en la sentencia. Se detectó que en la segunda cuestión, punto 4, se consignó una suma incorrecta de $6.459.446,60 cuando la correcta era $1.303.888,43, conforme a la primera cuestión. La diferencia fue atribuida a un error de tipeo, y se aclaró que los honorarios ya estaban regulados con la base correcta. Los jueces Aparisi y Toraf coincidieron en que la corrección era procedente. La sentencia final dispuso la subsanación del importe mencionado, dejando constancia de la correcta regulación de honorarios y notificándose junto con la sentencia del 9/9/2025.

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