FEDERACION DE SIND.TRAB.IND. QUIM. Y PETROQ. REP. ARGENTINA C/ QUIMICA COPACK S.A. S/ COBRO DE APORTES DE CUOTA SINDICAL
El actor promovió un incidente por cobro de aportes de cuota sindical. El Tribunal del Trabajo Nº 3 declaró la caducidad de la instancia por inactividad procesal de la parte actora.
Actor: Federación de Sindicatos de Trabajadores de la Industria Química y Petroquímica de la República Argentina. Demandado: Química Copack S.A. Objeto: Cobro de aportes de cuota sindical. Decisión: Se decretó la caducidad de instancia y se impusieron las costas a la parte actora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La caducidad es un remedio excepcional y en tal forma ha sido merituada -de antigua data
- por este Tribunal (...). Sin embargo, cuando las partes manifiestan su mas absoluto desinterés por el resultado y continuación del rito, cabe al magistrado extinguir el proceso."
Además, se destacó que "la caducidad tiene el mismo fundamento jurídico que la prescripción, su objeto es evitar que se eternicen los juicios e impedir que la interrupción de la prescripción causada por la demanda se mantenga indefinidamente."
Se hace referencia a la doctrina de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires sobre la caducidad, resaltando que "la declaración de caducidad de la instancia, cuando de las constancias de autos se desprende en forma inequívoca que la parte interesada es quien impide que el pleito arribe a su fin..."
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