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DIOSQUES SAMANTA SOLEDAD C/ AUTOASEGURADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ACCIDENTE IN-ITINERE

El actor solicitó la declaración de incompetencia del Tribunal en el caso de un accidente in itinere. El Tribunal del Trabajo N° 3 hizo lugar al planteo y determinó que el Tribunal competente es el de Florencio Varela.

Incidente Accidentes de trabajo Competencia territorial Tribunal del trabajo Ley 15.057 Ley 27.348 Comision medica jurisdiccional Florencio varela General san martin Incompetencia

Actor: DIOSQUES SAMANTA SOLEDAD Demandado: AUTOASEGURADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Objeto: Declaración de incompetencia del Tribunal. Decisión: Hacer lugar al planteo sobre competencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"conforme surge de las constancias de autos, el actor -con anterioridad a promover la presente demanda
- había agotado la instancia administrativa previa por ante la Comisión Médica Jurisdiccional N°383 de San Martín, a la que concurrió en virtud del lugar donde se encuentra asentado su domicilio." "la competencia territorial de la justicia provincial del trabajo resulta improrrogable... corresponde hacer lugar al planteo 'sub examine'." "corresponde definir que deberá conocer en autos el Tribunal de Trabajo con asiento en la ciudad de Florencio Varela, perteneciente al Departamento Judicial de Quilmes."

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