GUTIERREZ JUAN DE DIOS C/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SOCIEDAD ANONIMA S/ ACCIDENTE IN-ITINERE
La sentencia homologó un acuerdo transaccional entre las partes en un proceso por accidente in-itinere, considerando que no existieron obstáculos legales y que se logró una justa composición de la litis. La homologación confiere fuerza de cosa juzgada y ordena el cumplimiento del acuerdo, incluyendo el pago de honorarios, costas, y tasas judiciales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, GUTIERREZ JUAN DE DIOS, demanda a GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A., en un expediente por accidente in-itinere, y las partes presentaron un acuerdo transaccional fechado el 21/08/25. El tribunal, tras verificar que no existían impedimentos legales y que había una justa composición de la litis, homologó dicho acuerdo con fuerza de cosa juzgada, ordenando su cumplimiento y regularizando los honorarios y costas. Además, dispuso el pago directo de las sumas acordadas en cuentas bancarias y estableció los detalles sobre los honorarios profesionales y los aportes correspondientes. La resolución también rechazó la exención de tasa de justicia y ordenó el pago de la misma, además de dejar sin efecto la audiencia programada para el 2/09/25. La decisión se fundamenta en la evaluación de la validez del acuerdo y en la potestad del tribunal para homologar pactos que resuelven el conflicto, asegurando que no exista obstáculo legal y que la composición sea justa. La homologación confiere eficacia de cosa juzgada y garantiza la ejecución del acuerdo en los términos precisados.
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