AVILA MAXIMILIANO ADOLFO C/ LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
Tribunal del Trabajo N° 3 de General San Martín decreta la caducidad de instancia en proceso por accidente de trabajo. La inactividad procesal y el desinterés manifiesto llevaron a la extinción del proceso, confirmando la facultad del tribunal para promover la caducidad ante la inacción de la parte actora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Maximiliano Avila, promovió una acción por accidente de trabajo contra La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. La parte actora incurrió en una prolongada inactividad procesal superior a seis meses, evidenciando un absoluto desinterés en el trámite. El tribunal recordó que la caducidad de instancia es un remedio excepcional y que la inacción de la parte puede justificar su declaración, en línea con la doctrina del máximo tribunal provincial y la ley procesal. Se señaló que "las facultades que el art. 12 de la ley 11653 confiere a los Tribunales del Trabajo no se traducen en suplir la inactividad o desidia de las partes" y que la declaración de caducidad busca evitar la eternización de los juicios, además de que "la parte interesada es quien impide que el pleito arribe a su fin decidiendo abandonar definitivamente el proceso". La sentencia concluyó que el proceso debe archivarse, imponiéndose costas a la parte actora, en virtud de la omisión en continuar con la actividad procesal.
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