BUSTAMANTE HERNAN JAVIER C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
Tribunal del Trabajo Nº 3 de General San Martín homologó un acuerdo transaccional entre las partes, considerando que no existe impedimento legal y que se alcanzó una justa composición de la litis, con efectos de cosa juzgada. La homologación implica que el acuerdo tiene fuerza de sentencia definitiva, resolviendo el conflicto y estableciendo los términos de pago y costas. La decisión se fundamenta en que “de las constancias del presente juicio, de las explicaciones dadas por cada uno de los litigantes, como así también de las bases del mismo no surge obstáculo legal alguno”. Además, se ordenaron pagos directos y se regularizaron honorarios, tasas y gastos, en línea con las normativas aplicables, y se rechazó la exención de tasa de justicia solicitada por la parte demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Tribunal homologó un acuerdo transaccional presentado por Hernán Javier Bustamante y la Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A., en relación con una acción de revisión. La homologación se fundamenta en que las partes lograron una justa composición de la litis y no existen obstáculos legales para su reconocimiento. La resolución implica que el acuerdo tiene fuerza de cosa juzgada, con efectos definitivos en el proceso. El tribunal dispuso además la regularización de honorarios profesionales, pago de tasas, y la acreditación de los fondos mediante transferencias electrónicas, asegurando el cumplimiento integral del acuerdo. Se rechazó además la pretensión de exención de tasa de justicia. La decisión se basa en la valoración de las constancias procesales, explicaciones de las partes y las bases del acuerdo, considerándose que se alcanzó una justa composición de la litis, en línea con la legislación laboral y procesal vigente.
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