Logo

W. L. J. C/ A. T. D. S/ RECONOCIMIENTO DE HIJO

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de San Martín modificó la distribución de costas y declaró abstracto el recurso sobre honorarios, confirmando la decisión en cuanto a la exoneración de costas a la demandada por reconocimiento oportuno.

Apelacion Filiacion Reconocimiento paterno Costas Allanamiento Articulo 70 cpcc Distribucion de costas Prueba adn Tutela procesal Exencion de costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

La sentencia apelada hizo lugar a la acción de filiación promovida por W. contra A., ordenando la inscripción del vínculo paterno y manteniendo el apellido materno, imponiendo costas a la demandada. La demandada apela alegando que su allanamiento fue real, incondicionado y oportuno, solicitando la exención de costas basada en el artículo 70 del Código Procesal, y cuestiona los honorarios regulados. La Cámara considera que la conducta procesal de la demandada justifica la exención de costas, dado que se allanó oportunamente a la pretensión y que no existió controversia respecto al vínculo paterno, sino solo respecto al apellido. La Cámara modifica la distribución de costas, distribuyéndolas en el orden causado, y declara abstracto el recurso sobre honorarios, confirmando la decisión en cuanto a la exoneración de costas a la parte demandada. La resolución se fundamenta en que la conducta de la demandada, al allanarse oportunamente, configura la excepción del artículo 70 del CPCC, justificando la distribución de costas en el modo en que se resolvió.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar