ORIETA REYNALDO JOSE Y OTRO/A C/ ALMEIDA JUAN IGNACIO Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara de Apelación revoca la sentencia de primera instancia y rechaza la demanda por responsabilidad en accidente de tránsito, considerando que la prioridad de paso del vehículo demandado desde la derecha se encontraba vigente y que la responsabilidad del actor no estaba probada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa analiza la responsabilidad en un accidente de tránsito ocurrido el 1 de marzo de 2016 en el que el vehículo del demandado, Juan Ignacio Almeida, embistió a un vehículo conducido por Reynaldo Orieta, en una intersección sin semáforo en la localidad de Villa Maipú. La sentencia de primera instancia había atribuido responsabilidad al demandado por ingresar sin verificar el tránsito, pero la Cámara revoca esa decisión argumentando que la prioridad de paso del vehículo del demandado, que venía desde la derecha, no fue debidamente ponderada y que la prueba pericial y los testimonios confirman que el actor no acreditó el exceso de velocidad ni la conducta negligente del demandado. La Cámara sostiene que la ley establece la prioridad absoluta del vehículo que circula desde la derecha, y que en este caso, el demandado contaba con esa prerrogativa, por lo que la responsabilidad del mismo no se encuentra probada. Además, se rechazan los agravios relacionados con los daños y la cuantificación de la indemnización, confirmando la improcedencia de los reclamos del actor. La Cámara también impone las costas a la parte actora vencida y difiere la regulación de honorarios.
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