TONELLI IRENE TERESA DE JESÚS S/ SUCESION TESTAMENTARIA
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de San Martín confirmó la resolución que reguló honorarios de la perito calígrafa, rechazando la impugnación de los herederos testamentarios, y sostuvo que la valoración del inmueble en dólares estadounidenses se ajusta a derecho y al mercado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La resolución de 14/05/2025 reguló los honorarios de la perito calígrafa en U$S 172.876,34, fijada en moneda extranjera al tipo de cambio dólar MEP, sin imposición de costas. La perito, María Virginia Buero Pérez, concluyó que la firma en el testamento era auténtica y estimó el valor del inmueble en U$S, sustentando su valoración en diversas publicaciones y en el valor de mercado del metro cuadrado en la zona. Los herederos, Susana Gordiola y Oscar Spinelli, apelaron, alegando que la valoración era excesiva, arbitraria y que los honorarios eran desproporcionados, además de cuestionar el valor en dólares. La Cámara analizó las impugnaciones y concluyó que los argumentos de los apelantes eran genéricos, sin sustento fáctico ni jurídico suficiente, y que la valoración realizada por la perito resulta razonable y compatible con el mercado actual. Además, resaltó que los valores fiscales no reflejan el valor real del inmueble y que la perito cumplió con su labor en tiempo y forma. Finalmente, la Cámara confirmó la resolución apelada, impuso costas de alzada y diferirá la regulación de honorarios.
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