SANTOS ALEJANDRO EZEQUIEL C/ TACCONE CLAUDIO MATIAS S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
La homologación del acuerdo alcanzado entre las partes en el proceso laboral. La Cámara del Trabajo de San Isidro homologó el acuerdo y dispuso medidas para facilitar su cumplimiento, incluyendo la exención de impuestos y tasas y la regulación de honorarios y pagos directos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Alejandro Ezequiel Santos, y la parte demandada, Claudio Matías Taccone, acordaron un convenio en el expediente SI-30777-2025, que fue sometido a homologación en sede judicial. El tribunal consideró que el acuerdo refleja una equitativa composición de derechos y que no viola normas de orden público, por lo cual resolvió homologarlo. La resolución incluye instrucciones para el pago directo en cuentas bancarias, exime de impuestos y tasas, regula honorarios profesionales, y establece sanciones en caso de incumplimiento. Los jueces Gustavo Canabal, Coello Grassi y Tula votaron en unanimidad por homologar el acuerdo, destacando que "los términos se tienen por reproducidos" y que "consideran que debe homologarse". El tribunal también ordenó la apertura de una cuenta judicial y mecanismos para el pago directo, priorizando la agilización y seguridad en el cumplimiento del acuerdo.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: