POLLINI MARTINA C/ CARDOZO JOSE IGNACIO Y OTRO/A S/ DESPIDO
La homologación del acuerdo de conciliación en proceso laboral, tras el desistimiento de la actora, fue aprobada por el tribunal, considerando la conformidad de las partes y la ausencia de violaciones al orden público, con exención del pago de impuestos y costas.
- Quién demanda: POLLINI MARTINA
¿A quién se demanda?
CARDOZO JOSE IGNACIO; EXPRESS SRL
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Homologación del acuerdo de fecha 12/8/2025 y desistimiento de la acción por parte de la actora.
¿Qué se resolvió?
Se homologó el acuerdo y el desistimiento de la acción, sin violaciones de derechos protegidos por el orden público. Además, se dispuso que las costas del acuerdo sean a cargo de la demandada y se eximió a las partes del pago de impuestos y tasas. Se regularon honorarios y se establecieron mecanismos para el pago directo y depósito de los importes, incluyendo la apertura de una cuenta judicial.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Atento el desistimiento formulado por el actor y considerando que no se advierten violaciones de derechos protegidos por el orden público, homológase el desistimiento formulado por la Sra. POLLINI MARTINA y tiénese por desistida de la acción y del derecho contra la codemandada 'CARDOZO JOSE IGNACIO' (arts. 277 L.C.T. y 304, 305 del C.P.C.C.)." "Asimismo, homóloga el acuerdo de fecha 12/8/2025, eximiendo a las partes del pago de impuestos y tasas, y ordenando las costas del acuerdo a cargo de la demandada." "Se regula además la forma de pago, estableciendo mecanismos para el pago directo y depósito en cuenta, y se ordena la acreditación de la titularidad de la cuenta por parte de la actora en un plazo de dos días, suspendiendo los plazos hasta ello." Disidencia: No se registra disidencia en el voto del tribunal.
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