CASAGRANDE RODRIGO GABRIEL C/ PREVENCION ART SA S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La Cámara del Trabajo declaró procedente la excepción de cosa juzgada en un expediente de revisión de resolución de Comisión Médica, homologando un acuerdo previo entre las partes y archivando el proceso. La decisión se fundamenta en la existencia de un proceso anterior idéntico con acuerdo homologado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Rodrigo Gabriel Casagrande, demanda a Prevención ART SA por daños derivados de una enfermedad profesional, alegando que la lesión fue rechazada por la ART y que la causa está fundada en la ley de riesgos del trabajo 24.557. La demandada opuso la excepción de cosa juzgada, argumentando que existió un proceso previo en el que las partes alcanzaron un acuerdo homologado por este Tribunal, respecto a una lesión similar y en trámite ante esta misma jurisdicción. La sentencia señala que la existencia de un acuerdo homologado en un proceso anterior, que implica la aceptación de la incapacidad y la resolución definitiva, impide la reapertura de la misma controversia bajo la figura de una nueva acción, configurando la excepción de cosa juzgada prevista en el art. 36 de la ley 15.057. La Cámara concluye que la materia y las partes son iguales, y que la causa ya fue resuelta en un proceso homologado, por lo que corresponde hacer lugar a la excepción de cosa juzgada, archivando las actuaciones. La fundamentación se apoya en que el proceso previo culminó con un acuerdo homologado, que genera efectos de cosa juzgada, impidiendo reabrir la misma controversia en estas actuaciones. Disidencia no relevante.
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