PONCE JOSE LUIS C/ PROVINCIA ART SA S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
Tribunal del Trabajo N° 3 de San Isidro homologa acuerdo de fecha 26/8/2025 en reclamo por enfermedad profesional, confirmando los términos y estableciendo medidas de cumplimiento y depósito de fondos. La decisión se basa en la equidad, la legalidad y en la protección de los derechos de las partes, eximiendo del pago de impuestos y tasas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por Ponce José Luis contra Provincia ART SA por enfermedad profesional. El tribunal evaluó que en la especie se obtiene una equitativa composición de derechos y que no existe violación de derechos protegidos por el orden público. La homologación del acuerdo del 26/8/2025 se fundamenta en que los términos son justos y adecuados, y que la parte demandada cumplirá con los depósitos en la cuenta bancaria acreditada, conforme a lo dispuesto por la ley. Se establecieron condiciones para el pago, honorarios, aportes de ley, y medidas para garantizar la efectividad del cumplimiento. La decisión se sustenta en los arts. 12, 15 de la Ley de Contrato de Trabajo, y en las leyes de ley 15.057, 14.967, 10.620, 12.724, entre otras, considerando además la legislación específica del trabajo y la seguridad social. La homologación implica que se respeta la voluntad de las partes en un marco legal y que no se advierten irregularidades que puedan afectar el orden público ni derechos protectores.
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