F. M. E. C/ G. C. G. M. Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El actor apeló la decisión que dejó sin efecto la intimación al pago de honorarios de la mediadora. La Cámara revocó la resolución apelada, argumentando que el beneficio de litigar sin gastos no tiene efectos retroactivos sobre los honorarios devengados antes de su solicitud.
Actor: F. M. E. Demandado: G. C. G. M. Y OTROS Objeto: Intimación al pago de honorarios de la mediadora. Decisión: Se revocó la resolución apelada, manteniéndose la intimación de pago.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El beneficio de litigar sin gastos puede solicitarse antes de presentarse la demanda (art. 78 CPCC). [...] la concesión de beneficio de litigar sin gastos, en nuestro sistema, carece de efectos retroactivos, en relación a los gastos de justicia y honorarios devengados antes de su promoción. [...] el beneficio de litigar sin gastos no alcanza a las costas y gastos devengados con anterioridad a la demanda de petición."
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