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C. A. S. C/ M. L. A. S/ ALIMENTOS

El actor apeló la resolución que aumentaba la cuota alimentaria fijada. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial modificó el auto apelado estableciendo un nuevo monto mínimo para la cuota alimentaria, basado en el índice crianza.

Alimentos Cuota alimentaria Modificacion Indice crianza Provisionalidad Interes superior Obligacion alimentaria Progenitores Derecho de familia Causa civil

Actor: C. A. S. Demandado: M. L. A. S. Objeto: Modificación de la cuota alimentaria fijada. Decisión: Se modifica el auto apelado, estableciendo que la cuota alimentaria no podrá ser inferior al 80% del índice crianza correspondiente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La obligación alimentaria ha sido mencionada -dada su importancia
- no ya solo a nivel legal, sino también en las Convenciones internacionales, las cuales -además
- nos llevan a adoptar el curso de acción que resguarde mejor el interés superior de niños, niñas y adolescentes (art. 3 CIDN)." "El instituto de los alimentos provisorios, con una finalidad claramente anticipatoria de los efectos del eventual pronunciamiento de fondo, es un recurso ideado por el legislador tendiente a operar en una situación acuciante, de apremio temporal, impostergable al estar en juego la subsistencia de una persona." "Propongo que modifiquemos el auto apelado dejando establecido que la cuota alimentaria que deberá abonar el demandado no podrá ser inferior al monto que arroje el 80% del índice crianza correspondiente a cada período, para una niña de la edad de O."

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