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ROJA ELIAS MAXIMILIANO C/ PREVENCION ART SA S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

La Cámara Homologa el acuerdo de fechas 21/8/2025 en proceso de revisión laboral, eximiendo del pago de impuestos y tasas, y regula honorarios y depósitos para cumplimiento de la condena laboral. La decisión se fundamenta en la equitativa composición de derechos y la ausencia de violaciones al orden público.

Homologacion acuerdo laboral Accion de revision Ley 15.057 Deposito de sum


- Quién demanda: Elias Maximiliano Roja

¿A quién se demanda?

Prevención ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Homologación del acuerdo de fecha 21/8/2025, cumplimiento y regulación de honorarios y depósitos, exención de impuestos y tasas.

¿Qué se resolvió?

Se homologó el acuerdo, se impusieron costas a la demandada, se eximió del pago de impuestos y tasas, y se reguló el pago de honorarios y depósito de las sumas laborales. Además, se ordenó a la demandada acreditar la cuenta bancaria para el depósito de las sumas y a la actora acreditar la titularidad de la cuenta. La resolución se fundamenta en la conformidad de las partes y la ausencia de violaciones al orden público, considerando que “tanto la equitativa composición de derechos de las partes como la inexistencia de violaciones a derechos protegidos por el orden público justifican la homologación del acuerdo”. Se destaca también que “el acuerdo resulta adecuado y ajustado a derecho, en atención a la conformidad de las partes y a la inexistencia de violaciones al orden público”.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

“Teniendo en cuenta que en la especie se obtiene una equitativa composición de derechos de las partes y que no se advierten violación de derechos protegidos por el orden público, considero: QUE DEBE HOMOLOGARSE EL ACUERDO de fecha 21/8/2025, cuyos términos se tienen por reproducidos (arts. 12,15 L.C.T., 24. 25 y 30 ley 15.057).” “El acuerdo fue suscripto por las partes, quienes manifestaron su conformidad, y no existen elementos que indiquen vulneración de derechos o violaciones a normas de orden público que desaconsejen su homologación.” “Se regula además el pago de honorarios profesionales, con la particularidad de que serán abonados en la cuenta bancaria que la parte actora indique, garantizando así la efectiva ejecución del acuerdo.” “En virtud de la conformidad de las partes y la ausencia de vicios, procede la homologación del acuerdo, conforme lo dispuesto en el art. 12 de la Ley 15.057, eximiendo del pago de impuestos y tasas procesales.”

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