OVIEDO HECTOR C/ COOPERATIVA DE TRABAJO SIEMPRE ALERTA LIMITADA S/ DESPIDO
El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio entre Héctor Oviedo y la Cooperativa Siempre Alerta respecto a un despido, con pago de $6.000.000 en cuatro cuotas, y dispuso su homologación por considerar que respeta derechos y orden público, reafirmando la validez del convenio y las condiciones pactadas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue presentada por Héctor Oviedo contra la Cooperativa de Trabajo Siempre Alerta por despido. Tras apertura del acto, las partes lograron un acuerdo conciliatorio que reajusta la suma reclamada a $6.000.000, pagaderos en cuatro cuotas mediante depósitos judiciales en el Banco de la Provincia de Buenos Aires. La demandada acepta el monto y las condiciones de pago, comprometiéndose a soportar las costas del acuerdo. El tribunal analizó que la composición de derechos es equitativa y no viola el orden público, por lo que resolvió homologar el acuerdo (art. 12, 15 LCT; arts. 24, 25, 30 ley 15.057). Los jueces Canabal, Coello Grassi y Tula coinciden en que la homologación es procedente, dado que el acuerdo no presenta vicios ni vulnera derechos. Se regulan honorarios profesionales, costas y se establecen mecanismos para el cumplimiento del acuerdo, incluyendo la apertura de cuenta judicial y la posibilidad de pagos directos mediante transferencia bancaria. Se advierte que en caso de incumplimiento, se aplicarán las disposiciones del art. 275, 3er párrafo de la Ley de Contrato de Trabajo.
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