MEDINA CEFERINO C/ DE DOMINICIS NELIDA CARMEN S/ DESPIDO
La homologación del acuerdo alcanzado en el proceso por despido, con exención de impuestos y tasas, fue aprobada por el tribunal. La decisión se fundamenta en la equidad y la ausencia de violaciones de derechos de orden público, garantizando la conformidad de las partes y facilitando el pago directo en cuenta bancaria.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Medina Ceferino, demanda a la demandada, De Dominicis Nelida Carmen, por despido. La autoridad judicial homologó un acuerdo alcanzado entre las partes el 1/9/2025, que prevé el pago de una suma de dinero y exención de impuestos. La decisión se fundamenta en que "en la especie se obtiene una equitativa composición de derechos de las partes y que no se advierten violación de derechos protegidos por el orden público". Además, el tribunal dispuso medidas para facilitar el pago, incluyendo el pago directo en cuenta bancaria y la apertura de una cuenta judicial. Señala que "el monto regulado el 21% a aquellos profesionales que sean responsables inscriptos", y que "el capital acordado goza de naturaleza alimentaria". La homologación se realiza en virtud de que "el acuerdo refleja un entendimiento razonable y equitativo, y no se advierte vulneración de derechos constitucionales o legales". La sentencia también establece que, en caso de incumplimiento, se aplicarán las disposiciones del art. 275, 3er párrafo, de la LCT. La decisión fue unánime, con los votos de los tres jueces, en concordancia con los fundamentos expuestos.
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