CHAVEZ, JULIO CESAR C/ MAXICONSUMO S.A. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS
La Cámara declaró la caducidad de instancia en el proceso por transcurso del plazo legal, responsabilizando a la parte actora, y dispuso el cierre del expediente, regulando honorarios y costas en consecuencia. La decisión se fundamenta en la inacción de las partes tras la intimación y en la facultad del tribunal para impulsar el proceso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El proceso fue iniciado por Julio Cesar Chavez contra Maxiconsumo S.A. por daños y perjuicios. La Cámara, tras analizar la conducta de las partes, declaró la caducidad de instancia por transcurso del plazo de 90 días previsto en la ley 15.057 y sus modificatorias, debido a la falta de actividad procesal de la parte actora tras una intimación formal. La resolución fundamenta que la caducidad en juicios laborales debe aplicarse con criterio restrictivo, pero en este caso, la conducta procesal de la parte actora obstaculizó la tramitación normal del juicio, dejando transcurrir el plazo legal. La Cámara sostuvo: "la conducta de las partes con posterioridad a lo resuelto el 07/08/2025 obstaculiza la normal tramitación del juicio dejando transcurrir con exceso el plazo fijado por el art. 11 de la ley 15.057." Se ordenó además la regulación de honorarios profesionales, el pago a peritos y la apertura de cuenta bancaria para el expediente. La decisión fue votada en forma unánime por los Dres. Canabal, Coello Grassi y Tula.
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