ESCOBAR OJEDA JOSEFINA C/ CASTRO JUAN MANUEL S/ DESPIDO
El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio en un juicio por despido, estableciendo que las partes ajustaron una suma de pesos dos millones ($2.000.000), en cuatro cuotas, con aceptación de la parte demandada y la actora, y estableciendo las condiciones para su pago y ejecución. La homologación se fundamenta en que la composición de derechos es equitativa y no viola el orden público, conforme a los arts. 12, 15, 24, 25 y 30 de la Ley 15.057 y otras leyes aplicables. Además, se dispuso la eximición de impuestos y tasas judiciales, costas, regulación de honorarios profesionales, y mecanismos para el cumplimiento del acuerdo, incluyendo depósitos judiciales y pagos directos en cuentas bancarias. El tribunal también advirtió sobre el incumplimiento y estableció medidas para garantizar la ejecución.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia homologó un acuerdo conciliatorio entre la parte actora, Josefina Escobar Ojeda, y el demandado, Juan Manuel Castro, en un proceso por despido. La actora reajustó su demanda a la suma de dos millones de pesos, que fue aceptada por el demandado, quien se comprometió a abonar en cuatro cuotas mediante depósito judicial en el Banco de la Provincia de Buenos Aires. La decisión destaca que la composición de derechos resulta equitativa y que no hay vulneración de derechos protegidos por el orden público, por lo que se considera correcto homologar el acuerdo. El tribunal dispuso la eximición de impuestos, regularizó honorarios profesionales, y estableció mecanismos para garantizar el pago y cumplimiento del acuerdo, incluyendo la apertura de cuentas judiciales y autorizaciones para pagos directos y transferencias. Se advierte que en caso de incumplimiento, se aplicarán las medidas correspondientes, y se ordenó el registro y notificación.
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