CHAVES SEBASTIAN EMILIO C/ EXPERTA ART S.A S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La homologación del acuerdo del 9/9/2025 en proceso de revisión laboral. El tribunal resolvió homologar el acuerdo y eximir del pago de impuestos y tasas, confirmando la conformidad de derechos y obligaciones de las partes.
Actor: Chaves Sebastian Emilio Demandado: EXPERTA ART S.A Objeto: Homologación de acuerdo de fecha 9/9/2025 y regulación de honorarios y pago de sumas adeudadas por la demandada. Decisión: Homologar el acuerdo, imponer costas a la demandada, eximir a las partes del pago de impuestos y tasas, regular honorarios profesionales, y ordenar el depósito de las sumas adeudadas en cuenta bancaria a nombre del actor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Teniendo en cuenta que en la especie se obtiene una equitativa composición de derechos de las partes y que no se advierten violación de derechos protegidos por el orden público, considero: QUE DEBE HOMOLOGARSE EL ACUERDO de fecha 9/9/2025, cuyos términos se tienen por reproducidos (arts. 12,15 L.C.T., 24. 25 y 30 ley 15.057). Propicio asimismo que se exima del pago de impuestos y tasas procesales." "Asimismo deberá adicionarse al monto regulado el 21% a aquellos profesionales que sean responsables inscriptos." "Las sumas debidas al trabajador deberán ser abonadas mediante depósito en la cuenta bancaria cuya titularidad acredite en autos la parte actora [...] hasta tanto se encuentre acreditada debidamente en autos la cuenta a nombre de la parte actora el plazo para el pago a cargo de la demandada se encuentran SUSPENDIDO." La homologación fue aprobada en virtud de que no se detectaron violaciones de derechos y se consideró que la composición de derechos era equitativa. La exención de impuestos y tasas, además, se fundamentó en la naturaleza del acuerdo y en la ley aplicable. En relación a la regulación de honorarios y depósito de fondos, se establecieron montos y procedimientos para su cumplimiento, en concordancia con la normativa laboral vigente. "REGISTRESE Y NOTIFIQUESE."
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