YACHT CLUB ARGENTINO C/ DONA CARLOS ALBERTO S/ CONSIGNACION
La Cámara declaró la caducidad de instancia en el juicio laboral por conducta de las partes que obstaculizó la tramitación del proceso, imponiendo costas a la actora y regulando honorarios profesionales. La decisión se fundamenta en la inactividad procesal y el incumplimiento del deber de impulso del tribunal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Yacht Club Argentino, promovió una acción laboral contra Dona Carlos Alberto. El tribunal, tras estudiar los autos, consideró que la conducta de las partes, tras la resolución del 17/07/2025, obstaculizó la normal tramitación del juicio, transcurriendo el plazo establecido por el art. 11 de la ley 15.057 sin activación del proceso. La mayoría de los vocales, incluido el Dr. Canabal, votaron por declarar la caducidad de instancia, argumentando que el órgano jurisdiccional tiene la facultad de impulsar el proceso y que la inacción de las partes impide su correcto desarrollo. Se impusieron costas a la actora y se reguló honorarios profesionales, adicionándose un 21% por profesionales responsables inscriptos. La decisión fue unánime con los votos del Dr. Coello Grassi y el Dr. Tula en el mismo sentido.
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