RIBEIRO JOSE LUIS C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La sentencia declaró la incompetencia del tribunal en la causa de revisión de la Comisión Médica Jurisdiccional en un expediente de accidente laboral. La Cámara resolvió remitir las actuaciones a los tribunales de Pilar, considerando la competencia territorial conforme a la ley 27.348 y la ley 15.057, y fundamentó en la normativa y doctrina aplicable.
- Quién demanda: RIBEIRO JOSE LUIS
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Revisión de la decisión de la Comisión Médica Jurisdiccional en un expediente de accidente laboral.
¿Qué se resolvió?
Se declaró la incompetencia del tribunal y se dispuso remitir las actuaciones a los tribunales del Departamento Judicial de Pilar.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En fecha 24/02/2025 se presenta el Sr. RIBEIRO JOSE LUIS, y junto a su letrado patrocinante DR. EZEQUIEL ALFREDO PICALLO e inicia demanda contra PROVINCIA ART S.A. La competencia territorial se justifica por la realización del trámite en la Comisión Médica Nº392 de Pilar y la elección del domicilio del actor en Los Polvorines, conforme al expediente administrativo 442439/24. La jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, en los precedentes L 121939 S 13/5/2020, establece que la decisión de la Comisión Médica puede ser recurrida ante los tribunales laborales del lugar donde se encuentra ubicada la Comisión. Además, la ley 15.057 y el art. 2 de la ley 27.348 refuerzan la competencia territorial de la jurisdicción del lugar de la comisión. Por ello, corresponde declarar la incompetencia del tribunal actual y remitir las actuaciones a los tribunales del Departamento Judicial de Pilar."
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