OVIEDO ELIAS EZEQUIEL C/ EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ ACCIDENTE IN-ITINERE
Tribunal de Trabajo N°3 de Quilmes homologó acuerdo conciliatorio entre las partes, con efecto de cosa juzgada, y dispuso medidas sobre depósito y costas. La decisión se fundamenta en que la conciliación no vulnera principios de orden público y es una justa composición de intereses.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor Elias Ezequiel Oviedo demandó a la aseguradora de riesgos del trabajo. Las partes lograron un acuerdo conciliatorio que el tribunal homologó. La jueza Bártola consideró que la conciliación no vulnera principios de orden público y representa una justa composición de los derechos en disputa, por lo que resultaba procedente homologar. La homologación tiene efectos de cosa juzgada y se ordenaron medidas para garantizar el pago, incluyendo el depósito en cuenta bancaria y la suspensión del plazo para el pago hasta acreditación de la cuenta. Además, se impusieron costas a la parte demandada y se eximió del pago del 50% de la tasa de justicia, con instrucciones precisas para el cumplimiento. Fundamentos principales: "La conciliación a que arriban las partes para poner fin al proceso, no vulnera ningún principio de orden público y constituye, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes, tal cual se los plantea en la controversia sometida a decisión del Tribunal." "En consecuencia la homologación solicitada resulta procedente (arts. 15 de la L.C.T.; 30 de la ley 15.057)." "Se ordenan medidas para depositar el importe acordado en una cuenta bancaria de Elias Ezequiel Oviedo, y la suspensión del plazo de pago hasta que se acredite la titularidad de la cuenta, garantizando así la ejecución."
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