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PINILLA RAÚL ANTONIO C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U S/ ACCIDENTE IN-ITINERE

Tribunal de Trabajo N°3 de Quilmes homologó un acuerdo conciliatorio y dispuso el depósito del pago acordado, eximiendo parcialmente de la tasa de justicia a la parte demandada

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La sentencia homologó un acuerdo conciliatorio entre RAÚL ANTONIO PINILLA y FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U, en un expediente por accidente in itinere. La resolución consideró que la conciliación no vulnera principios de orden público y representa una justa composición de derechos e intereses. La homologación fue procedente, homologando los términos del acuerdo con efectos de cosa juzgada. La parte obligada al pago deberá depositar el monto en una cuenta bancaria, con suspensión del plazo de pago hasta acreditar la cuenta. Se declaró las costas a cargo de la demandada y se eximió del pago del 50% de la tasa de justicia, intimando a la parte demandada a acreditar el restante. La decisión se basa en los arts. 15 de la L.C.T., 30 de la ley 15.057, y 17 de la ley 27.348. La jueza Bozzola expresó que "la conciliación a que arriban las partes para poner fin al proceso, no vulnera ningún principio de orden público y constituye, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes". Las demás juezas compartieron el voto, confirmando la homologación y las condiciones dispuestas.

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