MERIDA VIVIANA ESTEFANIA C/ SEGURIDAD PRIVADA HUDSON S.A. S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
La homologación del acuerdo conciliatorio entre Viviana Estefanía Merida y Seguridad Privada Hudson S.A. fue aprobada por el Tribunal, considerando que la conciliación no vulnera principios de orden público y representa una justa composición de derechos. La homologación produce efectos de cosa juzgada y las costas son a cargo de la demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora, Viviana Estefanía Merida, demanda a Seguridad Privada Hudson S.A. en un proceso laboral.
- El Tribunal de Trabajo N°3 de Quilmes homologó un acuerdo conciliatorio entre las partes, declarando la procedencia de la homologación y ordenando su inscripción con efectos de cosa juzgada.
- La decisión se fundamenta en que la conciliación no vulnera principios de orden público y constituye una justa composición de intereses, conforme a los arts. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo y 30 de la Ley 15.057.
- La jueza Bártola expresó: “la conciliación a que arriban las partes para poner fin al proceso, no vulnera ningún principio de orden público y constituye, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes”.
- Las demás juezas compartieron la misma conclusión, y el acuerdo fue firmado por los jueces.
- Además, se dispuso la exención del pago de tasa de justicia y la obligación de las partes de acreditar datos personales e impositivos para la transferencia de fondos.
- Se ordenó el registro, notificación y archivo correspondiente.
- La decisión se fundamenta en que la homologación cumple con los requisitos constitucionales y legales, y que la voluntad de las partes fue respetada.
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