SEQUEIRA YANINA CRISTAL C/ EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ RECURSO CONTRA DECISION COMISION MEDICA JURISDICCIONAL. LEY 14997
El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio en un proceso laboral, estableciendo que la homologación produce efectos de cosa juzgada y que la parte demandada deberá depositar los importes en una cuenta bancaria a nombre de la demandante. La decisión se fundamenta en que la conciliación respeta el orden público y los derechos de las partes, y se ordenan medidas para garantizar el cumplimiento del acuerdo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Apelaciones en lo Laboral de Quilmes homologó un acuerdo conciliatorio alcanzado entre Yanina Cristal Sequeira y la aseguradora de riesgos del trabajo. La sentencia señala que “la conciliación a que arriban las partes para poner fin al proceso, no vulnera ningún principio de orden público y constituye, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes”. La homologación tiene efectos de cosa juzgada y se ordenan medidas para el pago, incluyendo el depósito en cuenta bancaria. Además, se establecen las costas a cargo de la parte demandada y la exención del 50% del pago de la tasa de justicia, suspendiendo el plazo para el cumplimiento hasta que se acredite la titularidad de la cuenta bancaria. La decisión fue votada unánimemente por las juezas Garay, Bozzola y Bártola.
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