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GONZALEZ ARMANDO RICARDO C/ RICART JUAN CARLOS Y OTROS S/DIVISION DE CONDOMINIO

El demandante promovió un recurso de apelación contra la resolución que rechazó un incidente de nulidad en un juicio de división de condominio. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, argumentando la convalidación tácita de los actos procesales por falta de denuncia oportuna.

Apelacion Nulidad Division de condominio Consentimiento tacito Procedimiento civil Incidente Costas Notificacion Plazo procesal Irregularidades

Actor: González Armando Ricardo Demandado: Ricart Juan Carlos; otros Objeto: Nulidad de la notificación del traslado de la demanda y de actos procesales posteriores. Decisión: Se confirmó el rechazo del incidente de nulidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La nulidad de los actos procesales debe plantearse mediante la articulación del pertinente incidente dentro de los cinco días subsiguientes al conocimiento del acto. La omisión de deducirlo importa un consentimiento tácito." "El momento de la alegación en que el incidentista supo de la existencia del acto anómalo, resulta imprescindible e ineludible a los efectos del cómputo del plazo previsto por la ley procesal." "La ausencia de una explicación razonable referida a la fecha en la cual ha tenido el nulidicente noticia de la existencia de las actuaciones desmerece su posición en el proceso incidental."

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