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LOZADA DABOIN OSCAR LUIS C/ FORTALEZA BUENOS AIRES SA S/ DESPIDO

La homologación de acuerdo conciliatorio en proceso laboral en Quilmes fue aprobada por el Tribunal, que consideró que no vulnera principios de orden público y que representa una justa composición de derechos e intereses. La homologación se realiza con efectos de cosa juzgada y se eximen parcialmente las costas y tasas de justicia.

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- Quién demanda: Oscar Luis Lozada Daboín

¿A quién se demanda?

Fortaleza Buenos Aires S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Homologación de acuerdo conciliatorio por despido

¿Qué se resolvió?

Se homologa el acuerdo, con efectos de cosa juzgada, costas a cargo de la demandada y exención del pago de la tasa de justicia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

“La homologación del acuerdo conciliatorio no vulnera ningún principio de orden público y constituye, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes, tal cual se los plantea en la controversia sometida a decisión del Tribunal. En consecuencia, la homologación solicitada resulta procedente (arts. 15 de la L.C.T.; 30 de la ley 15.057).” “El Tribunal además declara las costas a cargo de la parte demandada y exime a las partes del pago de la tasa de justicia, en virtud del acuerdo logrado.” “No existen objeciones que hagan improcedente la homologación del acuerdo.”

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