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LEITES MARIO MIGUEL C/ PROVINCIA A.R.T. S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

La Cámara declaró la caducidad de instancia por inacción del actor y dispuso el cierre del proceso, con costas a cargo del actor, y reguló honorarios profesionales y periciales, finalizando el trámite procesal.

Caducidad de instancia Inaccion procesal Accidente de trabajo Procedimiento laboral Costas Honorarios profesionales Regulacion de honorarios Notificacion digital Ley 15.057 Proceso laboral.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, Mario Leites, demandó a la Provincia A.R.T. S.A. por accidente de trabajo. La Cámara, ante la inactividad de la parte demandante durante más de seis meses, intimó a producir actividad útil y, al no haberlo hecho, declaró la caducidad de la instancia conforme al art. 11 de la ley 15.057. La decisión se fundamentó en que la inacción y pasividad del actor impidieron el avance del proceso, en línea con precedentes de la Suprema Corte de Justicia Provincial. Se dispuso el cierre del proceso y el archivo del expediente, además de regular los honorarios de los profesionales intervinientes, con costas a cargo de la parte actora. La resolución también estableció la obligación de los letrados de acreditar pagos y presentar cuentas bancarias para el pago de honorarios, y dispuso las formalidades para la notificación y finalización del trámite. Los fundamentos principales expresaron que la caducidad de la instancia es un instituto destinado a sancionar la inacción de los litigantes cuando están en la carga de instar el adelanto del proceso, y que la pasividad del actor justificaba la declaración de caducidad, en consonancia con la normativa y jurisprudencia aplicable.

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