LOPEZ SALVATIERRA MAURICIO EZEQUIEL C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La homologación del acuerdo conciliatorio celebrado por las partes en fecha 29/08/2025, por la suma de $3.300.000, fue aprobada por el tribunal, considerando que no vulnera normas de orden público y se ajusta a los arts. 12 y 15 de la Ley de Contrato de Trabajo, llegando a una justa composición de la litis.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia homologó el acuerdo conciliatorio suscripto entre el actor y la demandada, en fecha 29/08/2025, por la suma de $3.300.000, en el marco de un expediente por accidente de trabajo. La jueza Liliana Marta Lipicar expresó que "el convenio que nos ocupa debe ser materia de homologación en virtud de que el mismo no vulnera norma alguna de orden público y se adecua a los dispositivos de los arts. 12 y 15 de la LCT t.o., llegándose a una justa composición de la litis." Además, destacó que "la falta de cumplimiento de lo pactado en el presente acuerdo, significará la calificación de la conducta del demandado como 'temeraria y maliciosa'", y que en caso de incumplimiento, la suma devengará intereses del 250% sobre la tasa del Banco de la Provincia de Buenos Aires. La homologación fue realizada con las estipulaciones de costas y regulaciones de honorarios, además de la eximición del 50% de la tasa de justicia a la demandada.
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