LESCANO ROBERTO MARTIN C/ HEMODIALISIS MODELO S.R.L. S/ DESPIDO
El tribunal declaró la caducidad de instancia en el proceso por despido, tras más de seis meses de inacción de la parte actora, en cumplimiento del artículo 11 de la ley 15.057 y la jurisprudencia provincial. La decisión se fundamenta en la pasividad del actor y la intimación previa sin impulso del trámite.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Roberto Lescano, promovió demanda por despido contra Hemodialisis Modelo S.R.L. La Cámara, tras constatar que transcurrieron más de seis meses sin actividad procesal, decidió declarar la caducidad de instancia. La sentencia sostiene que la caducidad es una sanción a la inacción de los litigantes, y se cita la jurisprudencia y el artículo 11 de la ley 15.057 para fundamentar la decisión. Se destaca que la intimación a producir actividad procesal fue notificada en fecha 05/08/25, y transcurridos los plazos sin que la parte actora impulsara el proceso, corresponde declarar la caducidad. El tribunal también regula los honorarios profesionales y las costas a cargo del actor, considerando el mérito, extensión y tiempo empleado en el proceso, y dispone la comunicación para la acreditación de aportes en 60 días.
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