INCIDENTE DE COMPETENCIA ENTRE EL JUZGADO DE GARANTIAS N° 4 DE ZARATE CAMPANA (ESCOBAR) Y EL JUZGADO DE GARANTIAS N° 7 DE SAN ISIDRO
Se plantea un incidente de competencia entre dos Juzgados de Garantías respecto a la investigación de vejaciones y apremios ilegales. La Cámara declaró competente al Juzgado de Garantías nro.7 del Departamento Judicial San Isidro, fundamentando su decisión en la ubicación del locus delicti.
Actor: Ministerio Público Fiscal Demandado: Juzgado de Garantías nro.4 del Departamento Judicial Zárate Campana (Escobar); Juzgado de Garantías nro.7 del Departamento Judicial San Isidro Objeto: Determinación de la competencia para seguir entendiendo en la causa de vejaciones y apremios ilegales. Decisión: Se declaró competente al Juzgado de Garantías nro.7 del Departamento Judicial San Isidro.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Para determinar en el caso cuál será el órgano competente, debe atenderse a la regla general de competencia establecida por el artículo 29 del ordenamiento adjetivo y ser resuelta bajo el postulado del primer párrafo del artículo mencionado 'Serán competentes el Juez o Tribunal e intervendrá el Ministerio Público Fiscal del Departamento Judicial donde se hubiere cometido el delito'."
"En el caso, se ha alcanzado respecto del 'locus delicti comissi' un grado de conocimiento suficiente como para situar la comisión del hecho materia de investigación
- vejaciones y/o apremios ilegales en acto de servicio
- ámbito que corresponde a la jurisdicción del Departamento Judicial San Isidro (Art. 29 del CPP)."
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